Se introduce en la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS) “Libertad de amortización en inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables”.
Se podrán amortizar libremente en los períodos impositivos que se inicien o concluyan en 2023:
Las inversiones en instalaciones destinadas al autoconsumo de energía eléctrica que utilicen energía procedente de fuentes renovables
Aquellas instalaciones para uso térmico de consumo propio que utilicen energía procedente de fuentes renovables, que sustituyan instalaciones que utilicen energía procedente de fuentes no renovables fósiles
Requisitos:
La entrada en funcionamiento de las nuevas instalaciones deberá producirse en el año 2023.
La plantilla media total de la entidad se mantenga respecto de la plantilla media de los doce meses anteriores, durante los 24 meses siguientes a la fecha de inicio del período impositivo en que los elementos adquiridos entren en funcionamiento.