RECUPERACIÓN FONDO DE PENSIONES

CAMBIO DE CRITERIO TEAC 24/10/22

Son rendimientos de Trabajo(17.2.a):
3.-Las prestaciones percibidas por los beneficiarios de planes de pensiones.

La Disposición Transitoria 12a de la Ley 35/2006 establece que los planes de pensiones que se recuperen en forma de CAPITAL ( PAGO ÚNICO )correspondiente a las aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006 tendrán una reducción del 40%.

Se podrá aplicar la reducción del 40% a todas las cantidades percibidas de los diversos planes de pensiones en forma de CAPITAL en el ejercicio en el que acaezca la contingencia y EN LOS DOS EJERCICIOS SIGUIENTES y no sólo en uno como se interpretaba hasta antes de esta sentencia del TEAC

A PARTIR DE ESTA SENTENCIA DEL TEAC 24/10/22
QUIEN TENGA VARIOS PLANES DE PENSIONES Y QUIERA ACOGERSE AL 40% DE REDUCCIÓN EN TODOS ELLOS AL COBRAR EN FORMA DE CAPITAL LO ACUMULADO EN EL FONDO HASTA 31/12/2006 NO SERÁ NECESARIO QUE LOS COBRE TODOS  EN EL MISMO EJERCICIO.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *