A partir del 1 de enero de 2023, tendrán derecho a la deducción por maternidad las mujeres con hijos menores de tres años con derecho al mínimo por descendientes en los que concurra ALGUNA de las situaciones siguientes:
- Que en el momento del nacimiento perciban alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección por desempleo.
- Que en el momento del nacimiento estén dados de alta en el régimen correspondiente a la Seguridad Social o mutualidad.
- Que en cualquier momento posterior al nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un período mínimo de 30 días naturales.